La DGT prepara ya esta multa de hasta 300 euros con la llegada del frío

Algunos gestos involuntarios de los conductores durante los meses de frío pueden acabar en fuertes multas de tráfico.
dgt invierno
dgt invierno

Comienzan los días de frío en gran parte de la geografía española, y los primeros rastros de nieve y heladas han comenzado a verse en algunas de las carreteras más elevadas, como es el caso del Puerto de Navacerrada. Unas temperaturas que comienzan a ser frías, y que han hecho que ya muchos hayan abandonado por completo su vestuario de verano, para verse inmersos entre abrigos y prendas de abrigo por doquier.

Algo que también ha comenzado a notarse entre los conductores. Y es que muchos son los conductores que han comenzado ya a preocuparse por comprobar el estado de sus neumáticos, comprobar si tienen las correspondientes cadenas, etc. Del mismo modo, muchos han cambiado, casi de forma repentina, el aire acondicionado del coche por la calefacción, sufriendo algunos la desagradable sorpresa de que el sistema de climatización da algún fallo que otro para mantener el interior del vehículo a una temperatura agradable.

Cambios en las temperaturas que también hacen que regresen algunos de los gestos más involuntarios, pero más repetidos, entre conductores y pasajeros durante estos meses de invierno. Y en especial, uno de ellos: el meterse en el coche, y dejarse el abrigo puesto; al menos, mientras el coche entra en calor. Un gesto prácticamente involuntario pero que, sin embargo, está en el punto de mira de la DGT.

MÁS DE 200 EUROS DE MULTA POR CONDUCIR CON EL ABRIGO PUESTO

Así pues, con el regreso del frío, regresan los abrigos y las chaquetas... y las multas de la Dirección General de Tráfico a los conductores que lleven este tipo de prendas al volante. Y es que, según el artículo 18 del Reglamento General de Conducción, "el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos [...] que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo, y la de los demás usuarios de la vía".

Una libertad de movimiento que los agentes podrían considerar que se limita con el uso al volante de abrigos o prendas excesivamente voluminosas o rígidas, conllevando así una multa de 80 euros al conductor. Sanción administrativa que, sin embargo, podría llegar acompañada, según la interpretación de los agentes de tráfico.

Y es que este abrigo también podría ser considerado un gesto de conducción negligente por parte del conductor del vehículo lo que, según la normativa, está considerado como una infracción grave. "Se deberá conductor con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y l resto de los usuarios de la vía" destaca el texto normativo. Una norma que, según la interpretación, podría incluir a los abrigos voluminosos, guantes o resto de ropa de abrigo, como un elemento de negligencia o temerario de cara a la conducción. Algo que supondría una multa de hasta 200 euros.

Así pues, llevar el abrigo puesto podría conllevar una multa de hasta 300 euros para los conductores españoles que, según la interpretación de esta normativa de circulación, podrían estar destinados a escoger entre llevar un abrigo durante la conducción en invierno, arriesgándose a una multa, o confiar en el sistema de climatización del coche, y dejar el asiento a buen recaudo durante el tiempo que el vehículo esté en funcionamiento. Una práctica que les librará de la multa de tráfico, pero puede que no sea suficiente para evitarles un buen resfriado en el intento.